Darse de alta como autónomo en Tenerife en 2026 es el primer paso obligatorio para cualquier persona que quiera ejercer una actividad económica por cuenta propia en las Islas Canarias. Pero el proceso va mucho más allá de rellenar un formulario: implica entender las obligaciones con la Seguridad Social, elegir la base de cotización adecuada, gestionar el alta en Hacienda, y comprender las particularidades del sistema fiscal canario, muy diferentes a las del resto de España. Este artículo es la guía definitiva para 2026, elaborada por el equipo de Asesoría Yanes, con toda la información actualizada que necesitas para comenzar tu actividad en Tenerife sin sorpresas desagradables.
1. ¿Qué es el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)?
El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) es el sistema de Seguridad Social al que deben afiliarse todos los trabajadores por cuenta propia en España. En Canarias, como en el resto del territorio nacional, el RETA regula las cotizaciones, las prestaciones y las obligaciones formales de los autónomos. Sin embargo, el contexto fiscal y tributario de las islas tiene sus propias particularidades que hacen imprescindible contar con asesoramiento especializado desde el primer día.
En 2026, el sistema de cotización por ingresos reales, implantado gradualmente desde 2023, está plenamente en vigor. Esto significa que la cuota mensual que pagas a la Seguridad Social debe corresponderse con tus ingresos netos anuales previstos, y debe actualizarse al alza o a la baja conforme evolucione tu negocio. Este cambio estructural ha transformado radicalmente la planificación financiera del autónomo español y canario.
2. Requisitos previos para darse de alta como autónomo en Tenerife
Antes de tramitar el alta, debes cumplir una serie de requisitos básicos:
- Ser mayor de 16 años. Los menores de edad emancipados también pueden darse de alta con autorización parental o judicial.
- Disponer de DNI, NIE o pasaporte en vigor. Los ciudadanos de la UE usan su DNI nacional o NIE; los de fuera de la UE necesitan NIE y autorización de residencia que permita trabajar por cuenta propia.
- No estar ya dado de alta en el RETA por otra actividad. Si ya eres autónomo por otra actividad, la nueva se añade al alta existente.
- Tener una actividad económica definida. Debes saber exactamente a qué te vas a dedicar para elegir el epígrafe correcto del IAE (Impuesto de Actividades Económicas) y los grupos correspondientes en el RETA.
3. Pasos para darse de alta como autónomo en 2026: Guía paso a paso
Paso 1: Alta en la Agencia Tributaria (Hacienda)
El primer trámite es presentar el Modelo 036 o 037 ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) para darte de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. El Modelo 037 es la versión simplificada, válida para la mayoría de los autónomos individuales. En este formulario debes indicar:
- Tu actividad económica (epígrafe IAE).
- El domicilio fiscal (tu casa en Tenerife, tu local, o el domicilio de tu asesoría).
- Si te acoges al régimen de estimación directa simplificada o al régimen de módulos (estimación objetiva) para el IRPF.
- En Canarias: si te das de alta en el IGIC (régimen general) o te acoges a la franquicia fiscal (si facturas menos de 30.000 euros anuales).
Plazo: El Modelo 036/037 debe presentarse antes del inicio de la actividad o, a más tardar, el día de inicio. En la práctica, se suele presentar el mismo día del alta.
Paso 2: Alta en la Seguridad Social (RETA)
Una vez tramitado el alta en Hacienda, tienes 30 días naturales para darte de alta en el RETA a través de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). En 2026, puedes hacerlo de forma telemática a través del portal SEDESS (Sede Electrónica de la Seguridad Social) con certificado digital o Cl@ve.
En el proceso de alta en el RETA debes seleccionar:
- Actividad CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas): debe coincidir con la actividad declarada en Hacienda.
- Base de cotización mensual: en el sistema por ingresos reales vigente en 2026, debes declarar tus ingresos netos previstos para el año y la Seguridad Social te asignará el tramo de cotización correspondiente.
- Cobertura de contingencias: puedes optar por coberturas adicionales como la incapacidad temporal por contingencias comunes (muy recomendable), el cese de actividad (el «paro del autónomo») y accidentes de trabajo.
Atención: Si el alta en el RETA se produce dentro de los primeros 60 días naturales del mes de inicio de actividad, la cotización comienza a partir del día de alta. Si tardas más de 60 días, puede haber retroacción de la fecha de alta con consecuencias económicas.
Paso 3: Alta en el Ayuntamiento (si aplica)
Si ejerces tu actividad desde un local en Tenerife, es probable que necesites licencia de apertura o comunicación previa al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, San Cristóbal de La Laguna, u otro municipio canario donde esté ubicado el establecimiento. Los requisitos varían según el municipio y el tipo de actividad. Las actividades de bajo impacto (oficinas, consultorios sin público) suelen tramitarse con una comunicación previa, mientras que las actividades con mayor afluencia de público requieren licencia de actividad completa.
Paso 4: Registro en el IGIC (específico para Canarias)
A diferencia de la Península, donde el alta en el IVA se hace a través del Modelo 036/037 de la AEAT, en Canarias debes registrarte adicionalmente en el IGIC ante la Agencia Tributaria Canaria. Si te acoges al régimen de franquicia fiscal (facturación inferior a 30.000 euros anuales), no necesitas presentar autoliquidaciones trimestrales, pero sí debes comunicar tu situación en el Modelo 400 de la Agencia Tributaria Canaria.
4. Cuotas de autónomo en 2026: Sistema de cotización por ingresos reales
Uno de los cambios más importantes de los últimos años es la implantación del sistema de cotización por ingresos reales, plenamente operativo en 2026. A continuación, la tabla de tramos de ingresos y cuotas para autónomos en 2026:
| Tramo | Rendimientos Netos Anuales | Base Mínima | Base Máxima | Cuota Mínima/mes |
|---|---|---|---|---|
| 1 | Menos de 670 €/mes | 735,29 € | 816,98 € | ~230 € |
| 2 | Entre 670 y 900 €/mes | 816,98 € | 900 € | ~258 € |
| 3 | Entre 900 y 1.166,70 €/mes | 872,55 € | 1.166,70 € | ~275 € |
| 4 | Entre 1.166,70 y 1.300 €/mes | 950,98 € | 1.300 € | ~300 € |
| 5 | Entre 1.300 y 1.500 €/mes | 960,78 € | 1.500 € | ~303 € |
| 6 | Entre 1.500 y 1.700 €/mes | 960,78 € | 1.700 € | ~303 € |
| 7 | Entre 1.700 y 1.850 €/mes | 1.143,79 € | 1.850 € | ~361 € |
| 8 | Entre 1.850 y 2.030 €/mes | 1.209,15 € | 2.030 € | ~381 € |
| 9 y superiores | Más de 2.030 €/mes | Hasta 4.720,50 € | 4.720,50 € | Hasta ~1.487 € |
Nota importante: Las cuotas exactas para 2026 se actualizan anualmente por la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Consulta siempre los tramos actualizados en la Seguridad Social o con tu asesoría.
Al final del año, la Seguridad Social hace una regularización: si has cotizado por más de lo que correspondía a tus ingresos reales, te devuelve la diferencia; si has cotizado por menos, te reclama el complemento. Por ello es fundamental actualizar la base de cotización de forma proactiva durante el año conforme cambia tu nivel de ingresos.
5. Tarifa plana para nuevos autónomos en 2026
Los nuevos autónomos que se dan de alta por primera vez (o que no hayan estado en el RETA en los últimos dos años) tienen derecho a la tarifa plana, una cuota reducida durante los primeros meses de actividad:
- Cuota plana de 80 €/mes durante los primeros 12 meses, independientemente del nivel de ingresos.
- A partir del mes 13, si los ingresos netos anuales están por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), la cuota reducida se puede prorrogar hasta los 24 meses.
Esta tarifa plana supone un ahorro muy significativo en los primeros meses de actividad, cuando los ingresos suelen ser más bajos. En Asesoría Yanes te ayudamos a solicitar la tarifa plana correctamente desde el primer día y a gestionar la transición al sistema regular de cotización por ingresos reales cuando finalice el período bonificado.
6. Autónomos societarios: Cuándo crear una Sociedad Limitada en Canarias
No todos los trabajadores por cuenta propia deben darse de alta como autónomos individuales. En muchos casos, especialmente cuando se prevé una facturación superior a 50.000-60.000 euros anuales o cuando hay socios, puede ser más ventajoso constituir una Sociedad Limitada (SL):
- Ventajas fiscales: Las SL tributan por el Impuesto sobre Sociedades al tipo general del 25% (o al 23% para pymes con facturación inferior a 1 millón de euros). Los autónomos individuales tributan por IRPF con tipos marginales que pueden llegar al 47% en rentas altas.
- Responsabilidad limitada: En una SL, el riesgo patrimonial está limitado al capital aportado (mínimo 3.000 euros), mientras que el autónomo individual responde con todo su patrimonio personal y familiar.
- Imagen profesional: Muchos clientes corporativos prefieren contratar con sociedades que con personas físicas.
- Acceso al REF canario: Las SL en Canarias tienen acceso a incentivos como la ZEC, la RIC y las deducciones por inversión que no están disponibles (o son menos ventajosas) para autónomos individuales.
La decisión entre autónomo individual y SL depende de múltiples factores: nivel de facturación, sector de actividad, necesidad de financiación, número de socios y horizonte temporal del negocio. En Asesoría Yanes hacemos este análisis de forma personalizada para cada cliente.
7. Epígrafes IAE más comunes para autónomos en Tenerife
La elección del epígrafe del IAE es uno de los pasos más importantes del alta, ya que determina tu actividad económica oficial y las obligaciones fiscales asociadas. Estos son los epígrafes más frecuentes entre los nuevos autónomos en Tenerife en 2026:
| Actividad | Epígrafe IAE | Tipo IGIC aplicable |
|---|---|---|
| Consultoría y asesoría empresarial | 759.4 | 7% (general) |
| Diseño gráfico y publicidad | 763.1 | 7% (general) |
| Desarrollo de software y programación | 763.2 | 7% (general) |
| Fotografía profesional | 921.1 | 7% (general) |
| Fontanería y servicios de instalaciones | 504.4 | 7% (general) |
| Actividades sanitarias (médico, psicólogo) | 722.x | Exento IGIC |
| Hostelería y restauración | 671.x | 7% (general) |
| Comercio minorista de ropa y calzado | 651.x | 3% (reducido) |
| Actividades inmobiliarias (agente) | 833.2 | 7% (general) |
| Peluquería y estética | 972.1 | 7% (general) |
Si tu actividad no aparece en esta lista, en Asesoría Yanes te ayudamos a identificar el epígrafe correcto. Una clasificación errónea puede tener consecuencias en las deducciones de IRPF y en los convenios colectivos aplicables a tus empleados si los tienes.
8. Obligaciones fiscales del autónomo en Canarias: Calendario 2026
Como autónomo en Tenerife en el régimen general del IGIC, tus obligaciones fiscales principales en 2026 son:
Declaraciones trimestrales (cada 20 días después del trimestre):
- Modelo 420 (IGIC trimestral): 20 de abril, 20 de julio, 20 de octubre, 30 de enero 2027.
- Modelo 130 (pago fraccionado IRPF): 20 de abril, 20 de julio, 20 de octubre, 30 de enero 2027. Solo si estás en estimación directa.
- Modelo 111 (retenciones IRPF): Si tienes empleados o pagas facturas a profesionales con retención.
Declaraciones anuales:
- Modelo 421 (resumen anual IGIC): Enero del año siguiente.
- Modelo 415 (operaciones con terceros): Febrero del año siguiente.
- Declaración de IRPF (Modelo 100): Abril-junio del año siguiente al ejercicio.
Libros contables obligatorios:
- Libro registro de facturas emitidas.
- Libro registro de facturas recibidas.
- Libro registro de bienes de inversión (si aplica).
- Libro registro de ingresos y gastos (para autónomos en estimación directa simplificada).
9. Gastos deducibles del autónomo en Canarias en 2026
Maximizar los gastos deducibles es fundamental para reducir la base imponible del IRPF y el IGIC soportado recuperable. Estos son los gastos que puede deducirse un autónomo canario en 2026:
- Cuotas del RETA: 100% deducible en IRPF. Es uno de los gastos más importantes para el autónomo.
- Alquiler del local o despacho: Si el local se usa exclusivamente para la actividad, es 100% deducible. Si trabajas desde casa, puedes deducir la parte proporcional a la superficie usada para la actividad.
- Suministros (electricidad, agua, internet, teléfono): Deducibles en proporción al porcentaje de uso profesional declarado, con un máximo del 30% si hay uso mixto en vivienda habitual.
- Material de oficina y consumibles.
- Software y suscripciones SaaS: 100% si son exclusivamente profesionales.
- Formación y actualización profesional: Cursos, libros técnicos, congresos.
- Gastos de publicidad y marketing: Web, redes sociales, diseño gráfico, publicidad en prensa local.
- Vehículo: 50% del IGIC soportado (por presunción) salvo uso exclusivo profesional acreditado.
- Dietas y gastos de restauración: Con límites: 26,67 €/día en España, 48,08 €/día en el extranjero, siempre con factura y justificación de la razón empresarial.
- Honorarios de la asesoría fiscal y gestoría: 100% deducibles.
10. Alta como autónomo en Canarias: Aspectos específicos de las islas
Ser autónomo en Tenerife tiene ventajas y particularidades que no existen en la Península:
El IGIC frente al IVA:
El tipo general del IGIC es el 7%, frente al 21% del IVA peninsular. Esto significa que si prestas servicios a clientes canarios, el impuesto sobre el consumo que repercutes es un 14% inferior al peninsular. Para negocios B2C (que venden a consumidores finales), esta diferencia es una ventaja competitiva directa que se traduce en precios más bajos para el cliente final o en mayor margen para el autónomo.
Franquicia fiscal del IGIC:
Los autónomos que facturen menos de 30.000 euros anuales pueden no cobrar IGIC y no presentar autoliquidaciones trimestrales, simplificando enormemente la gestión administrativa. Esta ventaja no existe en el IVA peninsular (donde el umbral para el SME-Scheme es diferente y más complejo).
REF Canario y RIC:
Los autónomos en estimación directa que generen beneficios pueden dotar la Reserva para Inversiones en Canarias (RIC), reduciendo hasta el 90% del beneficio neto no distribuido de la base imponible del IRPF. Esta ventaja excepcional permite diferir el pago de impuestos mientras se reinvierte en el negocio.
11. Errores más comunes al darse de alta como autónomo en Tenerife
En Asesoría Yanes hemos visto repetidamente los mismos errores en nuevos autónomos:
- No presentar el 036/037 antes del inicio de actividad: Si emites facturas sin estar dado de alta, estás en una situación irregular con Hacienda, independientemente de que posteriormente regularices.
- Tardar más de 30 días en darse de alta en el RETA: Se pierde la tarifa plana y pueden generarse deudas retroactivas con la Seguridad Social.
- Elegir el epígrafe IAE incorrecto: Puede generar problemas en deducciones, convenios colectivos y clasificación de actividad.
- No registrarse en el IGIC correctamente: No informar a la Agencia Tributaria Canaria de si te acoges a la franquicia o al régimen general genera irregularidades desde el inicio.
- Olvidar la inversión del sujeto pasivo en el IGIC: Contratar publicidad en Google o software en la nube sin declarar la inversión del sujeto pasivo es una infracción frecuente y detectada por la Agencia Tributaria Canaria.
- No llevar registros contables desde el primer día: Intentar reconstruir la contabilidad de meses atrás es costoso y arriesgado.
12. Baja como autónomo en Canarias: Cuándo y cómo tramitarla
Si en algún momento decides cesar tu actividad como autónomo, debes tramitar la baja de forma simultánea en Hacienda (Modelo 036/037 marcando la casilla de baja) y en el RETA. La baja en el RETA produce efectos el último día del mes en que se presenta si se tramita antes del último día hábil de ese mes; si se presenta después, la baja no será efectiva hasta el último día del mes siguiente. Para evitar pagar cuotas extra, es fundamental planificar el momento de la baja.
En Canarias, además, debes presentar la liquidación final del IGIC correspondiente al trimestre en que ceses la actividad, aunque sea un período incompleto. Y si has dotado RIC en ejercicios anteriores, debes verificar que los plazos de materialización están cumplidos antes de cesar.
13. El papel de la asesoría en el proceso de alta como autónomo
Si bien es legalmente posible tramitar el alta como autónomo sin asesor, en la práctica la complejidad del sistema tributario canario, con la doble gestión del IGIC y el IRPF, los plazos simultáneos en Hacienda y Seguridad Social, y las particularidades del REF, hace muy recomendable contar con una gestoría especializada desde el primer día. Los errores en el proceso de alta son difíciles de corregir a posteriori y pueden generar consecuencias económicas que superan con creces el coste del asesoramiento profesional.
14. Preguntas Frecuentes: Alta como Autónomo en Tenerife 2026
1. ¿Cuánto tarda el proceso de alta como autónomo en Tenerife?
El proceso completo puede tramitarse en un solo día si tienes certificado digital o Cl@ve. El alta en Hacienda (Modelo 036/037) se presenta de forma telemática e inmediata. El alta en el RETA se puede hacer en el mismo momento desde la SEDESS. Si necesitas licencia municipal de actividad, este es el trámite que más tiempo puede llevar, con plazos que varían según el ayuntamiento y el tipo de actividad. Con Asesoría Yanes, nos encargamos de todo el proceso de forma ágil y sin que tengas que desplazarte.
2. ¿Puedo ser autónomo y seguir cobrando el paro en Canarias?
En 2026, existe la posibilidad de compatibilizar el desempleo con el inicio de actividad como autónomo bajo ciertas condiciones. La prestación de desempleo puede capitalizarse en un único pago (pago único) para invertirla en el negocio, o puede compatibilizarse parcialmente durante los primeros meses de actividad si los ingresos no superan el SMI. Además, si llevas menos de 12 meses cotizando en el RETA, puedes reanudar la prestación de desempleo que tenías pendiente al cesar. Consulta tu situación concreta con un asesor laboral.
3. ¿Tengo que cobrar IGIC desde el primer día como nuevo autónomo?
Depende. Si tu facturación anual prevista supera los 30.000 euros, debes darte de alta en el régimen general del IGIC y repercutirlo desde el primer día. Si tu facturación es inferior a ese umbral, puedes acogerte a la franquicia fiscal del IGIC, lo que significa que no cobras IGIC a tus clientes ni presentas autoliquidaciones. La opción de la franquicia debe comunicarse en el alta inicial a la Agencia Tributaria Canaria. Si durante el año superas los 30.000 euros, debes regularizar desde el inicio del trimestre en que superas el límite.
4. ¿Qué es la tarifa plana y cómo se solicita?
La tarifa plana es la cuota reducida de 80 euros mensuales aplicable a los nuevos autónomos durante los primeros 12 meses de alta en el RETA. Se aplica automáticamente al darse de alta si es la primera vez que te inscribes en el RETA o si han transcurrido al menos dos años desde tu última baja. No hay que solicitarla expresamente: la Seguridad Social la aplica de oficio al detectar que cumples los requisitos. Eso sí, debes declarar correctamente tus ingresos previstos para que el sistema de cotización por ingresos reales funcione correctamente junto con la tarifa plana.
5. ¿Puedo deducirme los gastos de mi casa si trabajo desde ella?
Sí, parcialmente. Si trabajas desde tu domicilio habitual, puedes deducir la parte proporcional a la superficie de la vivienda destinada exclusivamente a la actividad. Por ejemplo, si tienes un despacho que ocupa el 15% de tu casa, puedes deducir el 15% del alquiler, la hipoteca (solo los intereses si es en propiedad), y los suministros. Para los suministros de agua, electricidad e internet, la ley aplica el criterio del 30% de la parte proporcional, es decir, el 30% del 15% en el ejemplo anterior. Conserva siempre facturas y documenta el uso profesional.
6. ¿Cuánto paga un autónomo a la Seguridad Social en el primer año?
Con la tarifa plana vigente en 2026, el autónomo nuevo paga 80 euros al mes durante los primeros 12 meses, independientemente de sus ingresos. Esto supone un ahorro de entre 150 y 400 euros mensuales respecto a la cuota ordinaria. A partir del mes 13, la cuota sube al tramo que corresponda según los ingresos netos declarados. Es fundamental planificar financieramente esta transición para que no suponga un impacto demasiado brusco en el flujo de caja del negocio.
7. ¿Qué diferencia hay entre estimación directa normal y simplificada para autónomos?
La estimación directa normal obliga a llevar una contabilidad completa según el Plan General Contable, con balance, cuenta de pérdidas y ganancias y todos los libros contables. Está pensada para autónomos con facturación superior a 600.000 euros o que renuncien a la versión simplificada. La estimación directa simplificada, la más habitual para pequeños autónomos, permite llevar solo libros registro de ingresos, gastos y bienes de inversión, sin contabilidad formal completa. Además, permite aplicar una deducción fija del 5% sobre el rendimiento neto en concepto de gastos de difícil justificación, con un máximo de 2.000 euros anuales.
8. ¿Puedo tener empleados desde el primer mes como autónomo?
Sí. No existe ningún período de carencia para contratar empleados desde el inicio de la actividad como autónomo. Desde el primer mes puedes dar de alta trabajadores en la Seguridad Social, abonar sus salarios y gestionar las retenciones de IRPF. Lo que sí debes tener en cuenta es que contratar empleados implica obligaciones adicionales: presentación mensual del Modelo 111 (retenciones IRPF), cotizaciones a la Seguridad Social, gestión de nóminas y, en muchos sectores, cumplimiento de convenios colectivos. La planificación laboral desde el inicio es fundamental para evitar contingencias futuras.
9. ¿Qué ventajas fiscales tiene un autónomo en Canarias frente a la Península?
Las principales ventajas fiscales del autónomo canario son: primero, el IGIC al 7% frente al IVA al 21%, que reduce la carga fiscal sobre el consumo y mejora la competitividad de precios; segundo, la franquicia fiscal del IGIC (sin IVA para facturaciones inferiores a 30.000 euros anuales, umbral que no existe en la Península); tercero, la posibilidad de dotar la Reserva para Inversiones en Canarias (RIC) para diferir hasta el 90% del beneficio neto del IRPF si se reinvierte en activos productivos en las islas; y cuarto, deducciones adicionales por inversión en activos fijos en Canarias superiores a las del régimen común.
10. ¿Cuándo conviene pasar de autónomo individual a Sociedad Limitada?
La regla general es que cuando los beneficios netos superan de forma consistente los 40.000-50.000 euros anuales, la tributación del Impuesto de Sociedades (25% o 23% para pymes) resulta más ventajosa que el IRPF (que puede llegar al 47% en los tramos más altos). También conviene valorar el cambio cuando se necesita limitar la responsabilidad personal, cuando hay varios socios, o cuando se quiere acceder a los beneficios de la ZEC (Zona Especial Canaria), disponibles solo para personas jurídicas. La transición tiene costes administrativos y notariales, por lo que el análisis debe hacerse con tiempo y asesoramiento especializado.
11. ¿Qué pasa si no me doy de alta en el RETA y trabajo por mi cuenta?
Trabajar por cuenta propia sin estar dado de alta en el RETA es una infracción grave con múltiples consecuencias: la Seguridad Social puede reclamar las cuotas no pagadas desde el inicio de la actividad detectada (con recargo del 20% más intereses de demora); Hacienda puede reclamar el IRPF e IGIC no declarados con sanciones del 50% al 150% de la cuota; y se pierde el derecho a prestaciones como la incapacidad temporal, el cese de actividad y la jubilación por ese período. La economía informal en Canarias es vigilada con mayor intensidad por la Agencia Tributaria Canaria, especialmente en sectores como la hostelería, el turismo y los servicios a domicilio.
12. ¿Puede un extranjero no comunitario darse de alta como autónomo en Tenerife?
Sí, pero con requisitos adicionales. Un ciudadano no comunitario puede trabajar por cuenta propia en Tenerife si dispone de: NIE (Número de Identidad de Extranjero) en vigor, autorización de residencia y trabajo por cuenta propia (permiso de trabajo autónomo), y cumple los requisitos generales de acceso a la actividad. El proceso de obtención del permiso de trabajo autónomo puede tardar varios meses y requiere documentar el plan de negocio, la inversión prevista y los ingresos esperados. En Asesoría Yanes colaboramos con profesionales de derecho de extranjería para gestionar estos procesos de forma coordinada.
15. Conclusión: Da el primer paso con Asesoría Yanes
Convertirte en autónomo en Tenerife en 2026 es una decisión que puede transformar tu vida profesional. El archipiélago canario ofrece un entorno fiscal privilegiado, un mercado dinámico y una calidad de vida inigualable. Pero el proceso de alta, con sus múltiples trámites simultáneos en Hacienda, Seguridad Social y la Agencia Tributaria Canaria, puede ser intimidante si no cuentas con la guía adecuada.
En Asesoría Yanes acompañamos a cientos de nuevos autónomos en Tenerife cada año, desde la selección del epígrafe IAE correcto hasta la primera declaración trimestral. Te garantizamos que tu alta estará tramitada correctamente desde el primer día, que aprovecharás todos los beneficios fiscales disponibles (tarifa plana, franquicia IGIC, RIC), y que contarás con un equipo de profesionales a tu lado cuando surjan dudas.
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